Si quieres realizar una búsqueda en todo el dominio Combatientes utiliza el buscador
BUSCADOR
Listado que recoge las localizaciones de los Hospitales y Clínicas republicanas
Disposiciones de los Diarios Oficiales del Ministerio de Defensa Nacional durante la Guerra Civil Española referidos al Cuerpo de Sanidad de la República
Concursos
Diario Oficial nº 55 de 5 de marzo de 1938
Orden Circular nº 3.479
Circular. Excmo. Sr.: Se convoca a un concurso para cubrir veintidós plazas de médicos psiquiatras, entre médicos militares o civiles que presten servicio en Sanidad Militar, con arreglo a las siguientes normas:
1º El Tribunal de concurso será designado por el Inspector General de Sanidad, y la relación de los incorporados a este servicio, publicada oportunamente en este DIARIO OFICIAL.
2º Serán considerados como méritos preferentes:
a) Haber prestado servicios de psiquiatría militar con anterioridad a la fecha de este concurso.
b) Haber publicado trabajos científicos referentes a psiquiatría militar o a higiene mental del combatiente.
c) Haber publicado trabajos de investigación clínica referentes a la investigación psiquiátrica en general.
d) Haber asistido o colaborado en trabajos psiquiátricos en Centros docentes o Instituciones solventes.
e) Haber desempeñado cargos en psiquiatría civil.
3º Los aspirantes dirigirán sus instancias al excelentísimo señor Ministro de Defensa Nacional, por conducto de la Inspección General de Sanidad del Ejército, debiendo especificar claramente su situación militar, pudiendo incluir en la misma, comprobantes de cuantos meritos pudieran serles favorables.
4º Los admnitidos quedarán adscritos a los Servicios Psiquiátricos del Ejército mientras duren las actuales circunstancias, para ser destinados donde las necesidades del servicio lo exijan.
5º El plazo de admisión de instancias terminará veinte días después de haberse publicado esta convocatoria en el DIARIO OFICIAL del Ministerio de Defensa Nacional.
Lo comunico a V.E. para su conocimiento y cumplimiento. Barcelona, 3 de marzo de 1938.
P.D.
FERNÁNDEZ BOLAÑOS
Señor...
Diario Oficial nº 55 de 5 de marzo de 1938
Orden Circular nº 3.480
Circular. Excmo. Sr.: Se abre un concurso para cubrir treinta plazas de Oftalmólogos, entre médicos militares o civiles que presten servicios en Sanidad Militar, con arreglo a las siguientes normas.
1º El Tribunal de concurso será designado por el Inspector General de Sanidad, y la relación de los incorporados a este servicio, publicada oportunamente en este DIARIO OFICIAL.
2º Serán considerados como méritos preferentes: el haber desempeñado cargos, asistido o colaborado en servicios de la especialidad, en Clínicas Oftalmológicas militares o civiles, y tener publicados trabajos científicos sobre cuestiones oftalmológicas.
3º Los aspirantes dirigirán sus instancias al excelentísimo señor Ministro de Defensa Nacional, por conducto de la Inspección General de Sanidad de Ejército, debiendo especificar claramente su situación militar, y pudiendo incluir comprobantes de cuantos méritos pudieran favorecerles.
4º Los admitidos quedarán adscritos a los Servicios Oftalmológicos del Ejército mientras duren las actuales circunstancias, para ser destinados donde las necesidades del servicio lo exijan.
5º El plazo de admisión de instancias, terminará veinte días después de la publicación de eta convocatorio en el DIARIO OFICIAL del Ministerio de Defensa Nacional.
Lo comunico a V.E. para su conocimiento y cumplimiento. Barcelona, 3 de marzo de 1938.
P.D.
FERNÁNDEZ BOLAÑOS
Señor...
Cuadro de Inutilidades
Diario Oficial nº 55 de 5 de marzo de 1938
Orden Circular nº 3.481
Circular. Excmo. Sr.: Cada uno de los tres Grupos del vigente Cuadro de Inutilidades contiene un artículo dedicado a las hernias. Si bien son admisibles las clasificaciones que corresponden para los comprendidos en los Grupos I y II, no lo es igualmente para los del Grupo III; en un procentaje muy elevado, los clasificados como útiles para servicios auxiliares por este concepto, poseen un índice de robustez compatible con el servicio militar activo, del que están separados a causa de su padecimiento sin rendir el debido esfuerzo que a todos deber ser exigido en las actuales circunstancias; como la curación de su padecimiento, puede ser resuelta con facilidad y con una exposición mínima mediante la correspondiente intervención quirúrgica, con esta fecha, he resuelto lo que sigue:
Primero. Queda modificado, provisionalmente, el Cuadro de Inutilidades vigente para el reclutamiento en el Ejército, en el número 14, del apartado B, del Grupo III, que comprende "las hernias de las vísceras abdominales que pueden ser corregidas con el uso de un aparato de contención", en el sentido de que la calificación que corresponde será la de "útil para todo servicio".
Segundo. Los comprendidos en el artículo anterior, que así lo soliciten, serán sometidos a la operación quirúrgica, destinada a la curación radical de la hernia.
Tercero. Todos los individuos ya incorporados al Ejército, clasificados "aptos para servicios auxiliares", por este concepto, quedan igualmente comprendidos en la presente disposición.
Cuarto. Quedan subsistentes en el Cuadro de Inutilidades, las calificaciones que corresponden a los artículos 51 del Grupo I, apartado D y 39 del Grupo II, apartado D, que se refieren a las hernias voluminosas o de contención difícil.
Lo comunico a V.E. para su conocimiento y cumplimiento. Barcelona, 3 de marzo de 1938.
P.D.
FERNÁNDEZ BOLAÑOS
Señor
Oposiciones
Diario Oficial nº 65 de 17 de marzo de 1938
Orden Circular nº 4.127
Circular. Excmo. Sr.: He dispuesto quede anulada la orden circular de 28 de diciembre último (Diario Oficial nº 3, de 1938, página 39, columna tercera), por la que se nombra el Tribunal de Oposiciones para el ingreso en la Sección de Odontología del Cuerpo de Sanidad Militar, quedando dichas disposiciones suspendidas hasta nueva orden.
Lo comunico a V.E. para su conocimiento y cumplimiento. Barcelona, 15 de marzo de 1938.
P.D.,
FERNÁNDEZ BOLAÑOS
Señor...
Farmacia nº 2
Diario Oficial nº 69 de 22 de marzo de 1938
Orden Circular nº 4.410
Circular. Excmo. Sr.: He resuelto que la antigua Farmacia de la División de Caballería que, continuando con sus servicios propios de Farmacia de plaza, está encargada de los correspondientes al segundo Grupo de Hospitales Militares de Madrid, tome la denominacion de Farmacia nº2 de la Comandancia Militar de Madrid.
Lo comunico a V.E. para su conocimiento y cumplimiento. Barcelona, 19 de marzo de 1938.
P.D.
FERNÁNDEZ BOLAÑOS
Señor...